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PRESCRIPCIONES ADQUISITIVAS
¿Qué es una prescripción adquisitiva?
El Código Civil Peruano indica que toda persona que haya poseído un bien inmueble de manera pacífica, publica, continua y como propietario, por 5 o 10 años, puede reclamar el título de propiedad del bien, A este modo de adquirir la propiedad se le denomina: Prescripción adquisitiva de dominio o usucapión. El objetivo general del trabajo de investigación fue demostrar si la prescripción adquisitiva de dominio incide en el derecho a la propiedad en sede notarial.
Beneficios de la prescripción adquisitiva de dominio
- Aumenta el valor de tu propiedad.
- Puede hipotecar.
- Puede donar.
- Podrá vender a un mejor precio.
- Puede anticipar o dar en herencia.
- Podrá independizar, (es decir dividir la propiedad en unidades inmobiliarias), así usted se convierte en dueño de varias unidades (departamentos), facilitando su venta , hipotecar, heredar una o varias unidades.
- Usted y su familia tendrán tranquilidad, además así evitará posibles conflictos familiares.
Requisitos de la prescripción adquisitiva de dominio
Posesión continua: Hace referencia a la permanencia del poseedor en el bien durante el lapso de tiempo establecido sin disrupciones. Oliver Rengifo (2018) indica que el poseedor se vale de la conservación de la posesión y la presunción de continuidad de la posesión, estipuladas en los artículos 904 y 915 del Código Civil respectivamente, para acreditar la continuidad de su posesión sin disrupciones (p. 147).
Posesión pacífica: Alude a que su ejercicio se encuentra exento de violencia tanto física como psicológica; es decir, el poseedor debe mantenerse en el bien sin ningún tipo de conflicto. Además, de manera concordante, en caso el poseedor haya ocupado el bien mediante el uso de la fuerza, el plazo posesorio empezará a computarse desde el cese de la misma.
Publicidad de la posesión: Hace referencia a la realización notoria (conocible) de la misma en relación con el uso cotidiano del bien. En otros términos, no califica como pública aquella posesión que impide su conocimiento por realizarse de manera oculta o clandestina puesto que la publicidad se materializa en actos que realiza el poseedor de manera directa o indirecta que son por los ciudadanos. Por ejemplo, contratar servicios de electricidad y agua potable, pagar el impuesto predial, arrendar el predio, contratar un guardián, entre otros.