Derecho de Familia
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SEPARACION DE PATRIMONIOS
¿Qué es el régimen separación de patrimonios?
El régimen de separación de bienes es aquél en el cual en el matrimonio los cónyuges conservarán la propiedad y la administración de los bienes que respectivamente les pertenecen, todos los frutos y accesiones de dichos bienes.
Además en el régimen de separación de bienes son propios de cada uno de los esposos, los salarios, sueldos, emolumentos y ganancias que obtengan por servicios personales, por el desempeño de un empleo, por el ejercicio de su profesión, comercio o industria.
La separación de bienes puede comprender no sólo los bienes de que son dueños los contrayentes al celebrar el matrimonio, sino los que adquieran después de su celebración.
¿En qué momento puedo optar por la Separación de Patrimonios?
Este régimen se elige antes de celebrarse el matrimonio civil y entra en vigencia desde su inscripción en el Registro de Personas Naturales de los Registros Públicos de Lima. Una vez casados puede modificarse el régimen patrimonial de Sociedad de Gananciales a Separación de Patrimonios. Para ello se liquida la sociedad de gananciales existente y se sustituye por la Separación de Patrimonios.
¿Qué regímenes patrimoniales rigen para las personas que contraen matrimonio?
En el Perú cuando una pareja contrae matrimonio, puede optar por el régimen de separación de patrimonios o por el de sociedad de gananciales. Antes de celebrarse el matrimonio, las parejas pueden apersonarse ante cualquier notaría y optar por el régimen de separación de patrimonios, mediante una escritura pública.