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DELITOS CONTRA LA FE PUBLICA

Falsificación documentaria

Falsificación material en documento público, por funcionario público.
El funcionario público que ejerciendo un acto de su función, hiciere un documento falso o alterare un documento
verdadero, será castigado con tres a diez años de penitenciaría.
Quedan asimilados a os documentos, las copias de los documentos inexistentes y las copias infieles de
documentos existentes.

Falsificación de sellos, timbres y marcas oficiales

De la falsificación y uso del sello falsificado del Estado.
El que falsificare el sello del Estado destinado a usarse en los actos de Gobierno, o hiciera uso de dicho sello, será castigado con dos a seis años de penitenciaría.